Onda: Onda suprimirá la tasa de terrazas para 2021 como medida de apoyo al sector hostelero local


 

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La Plana al Dia | Onda | General | 26-10-2020
Onda suprimirá la tasa de terrazas para 2021 como medida de apoyo al sector hostelero local

El Ayuntamiento de Onda aprobará en el próximo Pleno del 11 de noviembre la modificación de la ordenanza fiscal reguladora para suprimir la tasa de terrazas durante 2021. Esta medida, que toma el gobierno municipal tras escuchar a los hosteleros locales, persigue ayudar a salir adelante a este sector golpeado por la crisis y afectado por las restricciones sanitarias.

Así, más de 60 establecimientos ondenses se beneficiarán de esta normativa así como del permiso, bajo aprobación de la Policía Local, para ampliar la superficie de terrazas con objeto de garantizar la distancia social y contrarrestar las limitaciones de aforo en el interior de los locales. En el caso de los bares y restaurantes que ya hayan pagado parte de la licencia para 2021 se les exonerará del pago cuando soliciten la renovación para 2022.

El concejal de Ordenación del Territorio, Juan López, ha resaltado que “es momento de ser útiles a nuestros empresarios ante las restricciones que afectan al sector y ayudarles a hacer frente a la crisis. Seguimos trabajando para conseguir, entre todos, que Onda vuelva a recuperar todo el esplendor y dinamismo del sector hostelero, pilar fundamental de la economía ondense”.

Plan Supera
Esta no es la única iniciativa que ha puesto en marcha el Ayuntamiento para ayudar a los negocios locales, puesto que desde que se decretó el estado de alarma se ha ejecutado el Plan de Impulso a los Autónomos, con ayudas de hasta 2.400 euros ya pagadas; la app ‘Onda Shopping’ para fomentar el comercio local; o el reciente Plan Supera, dotado con 200.000 euros, para los establecimientos ondenses que han tenido que cerrar con motivo de rebrotes del coronavirus.

Las bases, que se pueden consultar en la web www.onda.es, recogen que la cuantía de la ayuda será de 1.000 euros por cada periodo de suspensión temporal de la actividad continuado, igual o superior a 10 días, que les afecte y se vean obligados a cerrar por contar en su plantilla con personal en situación de baja laboral por diagnóstico positivo en COVID-19 y la necesidad de guardar la cuarentena correspondiente.
 
Amb la col.laboració de:
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