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Almenara: El TSJCV desestima nuevamente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la anterior secretaria de Almenara contra el Ayuntamiento y la alcaldesa

El Alto Tribunal Valenciano confirma la desestimación que ya realizó hace un año el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Castelló.
La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha desestimado el recurso de apelación presentado por la anterior secretaria del Ayuntamiento de Almenara, Paloma Sanz, contra la sentencia de mayo de 2024 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Castelló de la Plana. Esta sentencia ya desestimó el recurso interpuesto por la exsecretaria en defensa de sus supuestos derechos fundamentales vulnerados, presentado contra el Ayuntamiento, su alcaldesa, Estíbaliz Pérez, varios trabajadores y varias trabajadoras del consistorio y el anterior abogado municipal.
De este modo, el TSJCV confirma nuevamente la desestimación del recurso y condena a la recurrente al pago de las costas procesales, al igual que lo hiciera el juzgado de primera instancia. Contra esta resolución cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Cabe recordar que dicho recurso fue presentado tras la desestimación por parte de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de una reclamación formulada por la exsecretaria por un supuesto acoso moral o laboral, en la que solicitaba una indemnización de 400.000 euros.
El consistorio negó la existencia de acoso, tesis que fue avalada por la jueza en la sentencia de mayo de 2024, en la que concluyó que 'no cabe apreciar la existencia de mobbing o acoso laboral por cuanto no concurren los requisitos jurisprudencialmente establecidos. Concretamente, no se aprecian actos de violencia física ni psicológica sobre la demandante'. Asimismo, la magistrada indicó que no se había acreditado 'vulneración de derecho fundamental alguno'.
En la actual sentencia, el TSJCV reafirma esta postura, afirmando que 'el reexamen de la documental aportada confirma la conclusión ya obtenida', y añade que 'los indicios dan prueba de que la situación era muy difícil y de desconfianza recíproca, pero no se advierte la naturaleza antijurídica de la intencionalidad'.
La alcaldesa de Almenara, Estíbaliz Pérez, ha declarado que los tribunales de Justicia han confirmado por segunda vez que 'nunca ha habido acoso moral ni laboral, como no podía ser de otra manera', y ha subrayado que, con esta nueva resolución, 'los tribunales vuelven a darnos la razón'.
Pérez también ha manifestado su satisfacción por la sentencia del TSJCV, destacando que 'los trabajadores y las trabajadoras del Ayuntamiento de Almenara que fueron demandados no merecían esta situación, ni el infierno que vivimos tanto ellos como yo en aquellos momentos, ni los posteriores procedimientos judiciales, que siempre hemos acabado ganando'.
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Generalitat Valenciana